La Policía Nacional reafirma su compromiso en la defensa de las garantías y
obligaciones constitucionales de todos los panameños en relación a la
libertad de tránsito y la seguridad nacional.
Constitución Política de la República de Panamá:
Título III, Derechos y deberes individuales y sociales, Capítulo 1ro, Garantías
fundamentales.
* Artículo 38. Los habitantes de la República de Panamá tienen derecho a
reunirse pacíficamente y sin armas para fines lícitos. Las manifestaciones
o reuniones al aire libre no están sujetas a permiso y sólo se requiere
para efectuar aviso previo a la autoridad administrativa local, con
anticipación de veinticuatro horas. La autoridad puede tomar medidas
de policía para prevenir o reprimir abusos en el ejercicio de este
derecho, cuando la forma en que se ejerza cause o pueda causar
perturbación del tránsito, alteración del orden público o violación de
los derechos de terceros.
En este sentido, la Policía Nacional mantiene la obligación de garantizar los
derechos y libertades a terceros, en aras de evitar los hechos lamentables por
las afectaciones ocasionadas por los cierres en las principales vías del país.
Estos cierres afectan directamente al Estado y la sociedad, causando un gran
impacto en el acceso a la salud, dando como consecuencia la cancelación de
miles de citas, la interrupción del tránsito de ambulancias, pérdidas
económicas millonarias; escasez de productos alimenticios, medicamentos y
otros productos básicos esenciales en general; estos hechos pueden influir
directa o indirectamente en la pérdida de vidas por falta de atención médica
integral, cuando así lo necesite una víctima.
Ley De La Policía Nacional Ley No. 18 de 3 De junio de
1997. Capítulo II, Principios Generales.
* Art. 3. Proteger la vida, honra, bienes y demás derechos y libertades de
quienes se encuentran bajo la jurisdicción del Estado, conservar el orden
público.
Por lo antes expuesto, rechazamos categóricamente toda acción de violencia
sobre nuestras unidades policiales, que están para garantizar la seguridad
nacional y el libre tránsito de los panameños y extranjeros.
“Dios Y Patria”
Fuente: PNP