{"id":13532,"date":"2016-06-15T15:09:01","date_gmt":"2016-06-15T15:09:01","guid":{"rendered":""},"modified":"2016-06-15T15:09:01","modified_gmt":"2016-06-15T15:09:01","slug":"gabinete-avala-nuevas-tasas-para-servicios-referentes-al-canal-de-panama","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sertv.gob.pa\/nacionalfm\/gabinete-avala-nuevas-tasas-para-servicios-referentes-al-canal-de-panama\/","title":{"rendered":"Gabinete avala nuevas tasas para servicios referentes al Canal de Panam\u00e1"},"content":{"rendered":"<p>\nA trav\u00e9s de Resoluci\u00f3n, el Consejo de Gabinete aval\u00f3 recientemente, \u00a0nuevas tasas por los servicios conexos de remolcadores, pasacables y locomotoras aplicables a los buques que transiten por el Canal de Panam\u00e1. <\/p>\n<p> En la Resoluci\u00f3n se consolida, en un s\u00f3lo documento, las tarifas fijadas en el Acuerdo No.155 de 9 de enero de 2008, y las tarifas para los servicios de remolcadores y pasacables para los buques panamax plus y neopanamax que transiten por el Canal de Panam\u00e1 utilizando las esclusas de Agua Clara y\/o Cocol\u00ed.  <\/p>\n<p>El documento previamente aprobado por la Junta Directiva de la Autoridad del Canal de Panam\u00e1, incluye la modificaci\u00f3n de las descripciones de algunas de las dimensiones de buques que se encuentran incluidas en el Acuerdo No.155, que carecen de dimensiones m\u00e1ximas de manga y\/o calado, a fin de incluirles manga y calado m\u00e1ximo con el objetivo de que no se confundan con las dimensiones de los buques panamax plus y neopanamax que solo pueden transitar por las esclusas de Agua Clara y Cocol\u00ed. <\/p>\n<p>Conjuntamente, se modifica la descripci\u00f3n de los buques graneleros y tanqueros con eslora de entre 259.080 metros (850 pies) hasta menos de 274.320 metros (900 pies) que se indica en las dos tarifas distintas por uso de pasacables seg\u00fan su calado, de forma que la tarifa de $4,745 aplique cuando calen hasta 11.582 metros (38 pies) en lugar de hasta 10.973 metros (36 pies), y la tarifa de $5,825 aplique cuando calen m\u00e1s de 11.582 metros (38 pies), en lugar de cuando excedan de 10.973 metros (36 pies), como se indica en el Acuerdo No.155. <\/p>\n<p>La fijaci\u00f3n de las tarifas por los servicios conexos de remolcadores y pasacables a buques panamax plus y neopanamax, para efectos de las tarifas propuestas, define los siguientes t\u00e9rminos: <\/p>\n<p>Buques panamax: Buques de 100 pies (30.480 metros) hasta 107 pies (32.614 metros) de manga con una eslora de hasta 966 pies (294.437 metros), y un calado de hasta 39.5 pies (12.04 metros) en Agua Dulce Tropical (ADT). <\/p>\n<p>Buques panamax plus: Buques con dimensiones de manga y eslora de panamax pero con calado en Agua Dulce Tropical (ADT) mayor de 39.5 pies (12.04 metros) hasta 50 pies\u00a0 (15.24 metros). <\/p>\n<p>Buques neopanamax: Buques cuya eslora y\/o manga exceda las definidas para los buques panamax, cuyas dimensiones y calado permitan su tr\u00e1nsito a trav\u00e9s de las esclusas de Agua Clara y Cocol\u00ed. <\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n del Canal de Panam\u00e1 ha indicado que las nuevas tarifas son el resultado del an\u00e1lisis de la competitividad de la ruta por el Canal, tomando en cuenta los dem\u00e1s cargos por un tr\u00e1nsito completo. <\/p>\n<p>El documento que ser\u00e1 publicado de manera \u00edntegra en la Gaceta Oficial empezar\u00e1 a regir a partir de su promulgaci\u00f3n. <\/p>\n<p> Aprueban pr\u00f3rroga  <\/p>\n<p> Por otra parte, el Gabinete aprob\u00f3 la pr\u00f3rroga por 20 a\u00f1os del Contrato de Desarrollo, Construcci\u00f3n, Operaci\u00f3n, Administraci\u00f3n y Direcci\u00f3n de una Terminal de Contenedores en el Puerto de Coco Solo Norte, provincia de Col\u00f3n, suscrito entre el Estado y la sociedad Col\u00f3n Container Terminal, S.A., aprobado mediante Ley 12 de 3 de enero de 1996, por el t\u00e9rmino de 20 a\u00f1os.  <\/p>\n<p>Se destaca que la sociedad Col\u00f3n Container Terminal, S.A., ha desarrollado exitosamente la terminal de contenedores en el Puerto de Coco Solo Norte, amparada en el Contrato Ley 12 de 3 de enero de 1996, cumpliendo con todas las obligaciones contractuales y los pagos que debe realizar al Estado, y ha formalizado la solicitud de pr\u00f3rroga eliminando un \u00e1rea de 6.25 hect\u00e1reas de fondo de mar de su \u00e1rea de proyecto. <\/p>\n<p>A la par, se resalta que la sociedad Col\u00f3n Container Terminal, S.A., ha ofrecido realizar inversiones adicionales para la expansi\u00f3n de la terminal, por una suma no menor de 90 millones de balboas. <\/p>\n<p> Al mismo tiempo, el Gabinete respald\u00f3 un cr\u00e9dito extraordinario por la suma de 22 millones de balboas para la vigencia fiscal 2016, a favor del Aeropuerto Internacional de Tocumen, S.A.  <\/p>\n<p>Dicho cr\u00e9dito tiene como intenci\u00f3n incorporar recursos al Presupuesto de Inversiones de la presente vigencia fiscal, para proyectos de inversiones de las infraestructuras e instalaciones a realizarse en la vigencia 2016. <\/p>\n<p>En el documento autoriza al Ministerio de Econom\u00eda y Finanzas, para que en nombre y representaci\u00f3n del Consejo de Gabinete, someta a la consideraci\u00f3n de la Comisi\u00f3n de Presupuesto de la Asamblea Nacional, la presente Resoluci\u00f3n de Gabinete, a los efectos de su aprobaci\u00f3n y posterior registro del detalle codificado de ingresos y gastos para su ejecuci\u00f3n. <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>A trav\u00e9s de Resoluci\u00f3n, el Consejo de Gabinete aval\u00f3 recientemente, <a href=\"https:\/\/sertv.gob.pa\/nacionalfm\/gabinete-avala-nuevas-tasas-para-servicios-referentes-al-canal-de-panama\/\"> 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