{"id":52552,"date":"2020-05-28T17:14:18","date_gmt":"2020-05-28T17:14:18","guid":{"rendered":"https:\/\/sertv.gob.pa\/nacionalfm\/?p=52552"},"modified":"2020-05-28T17:14:18","modified_gmt":"2020-05-28T17:14:18","slug":"comunicado-de-la-corte-suprema-de-justicia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sertv.gob.pa\/nacionalfm\/comunicado-de-la-corte-suprema-de-justicia\/","title":{"rendered":"Comunicado de la Corte Suprema de Justicia"},"content":{"rendered":"<p>Mediante Acuerdo N\u00b0 173 del 27 de mayo de 2020, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, acordaron:<\/p>\n<p><strong>PRIMERO:<\/strong> ADOPTAR las medidas para la atenci\u00f3n de las personas usuarias en las sedes del \u00d3rgano Judicial que se describen a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<p><strong>MEDIDAS PARA LA ATENCI\u00d3N DE LAS PERSONAS USUARIAS EN LAS SEDES DEL \u00d3RGANO JUDICIAL EN CUMPLIMIENTO DE LOS LINEAMIENTOS DE RESTABLECIMIENTO DE LAS LABORES.<\/strong><\/p>\n<p>El \u00d3rgano Judicial, como instituci\u00f3n comprometida con el servicio p\u00fablico de administraci\u00f3n de justicia, adopta medidas y acciones que aseguren el acceso a la justicia y el derecho a la vida y salud de usuarios, auxiliares de la justicia y servidores judiciales.<\/p>\n<p><strong>1. HORARIO <\/strong><\/p>\n<p>a. La atenci\u00f3n a los usuarios del \u00d3rgano Judicial ser\u00e1 de 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m., a partir del d\u00eda lunes 1 de junio de 2020, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo N\u00b0168 de 14 de mayo de 2020 del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, para consulta de expedientes, presentaci\u00f3n de escritos, nuevas demandas, solicitar y sacar copias y, lo que se considere necesario para el mejor proveer del proceso.<\/p>\n<p><strong>2. INGRESO Y PERMANENCIA<\/strong><\/p>\n<p>a. Los servidores judiciales podr\u00e1n ingresar a las instalaciones, previa toma de temperatura y desinfecci\u00f3n de manos con gel alcoholado y colocaci\u00f3n de zapatos en soluci\u00f3n desinfectante, en las entradas habilitadas en las sedes del \u00d3rgano Judicial.<\/p>\n<p>b. Las personas usuarias podr\u00e1n ingresar a las instalaciones, a partir de las 8:00 a.m., previa toma de temperatura y desinfecci\u00f3n de manos con gel alcoholado, y colocaci\u00f3n de zapatos en soluci\u00f3n desinfectante, en cumplimiento de las medidas de ingreso.<\/p>\n<p>c. Para ingresar y permanecer en las instalaciones del \u00d3rgano Judicial, es obligatorio el uso correcto y permanente de mascarilla o cubrebocas, mantener en todo momento una distancia m\u00ednima de dos metros y cumplir las medidas sanitarias establecidas por el Ministerio de Salud.<\/p>\n<p>d. El personal de la Direcci\u00f3n de Seguridad controlar\u00e1 el ingreso a las instalaciones de las personas usuarias y auxiliares de la justicia de la siguiente forma:<br \/>\nd. i.\u00a0 Los que acudan a la Secretar\u00eda General o a las Salas de la Corte Suprema de Justicia (Palacio Gil Ponce).<br \/>\nd. ii. Los que acudan en atenci\u00f3n a CITACIONES de una dependencia judicial.<br \/>\nd. iii. Los que acudan en cumplimiento de MEDIDAS CAUTELARES.<br \/>\nd. iv. Los que deban realizar otras diligencias.<\/p>\n<p>e. Para permitir el acceso a las instalaciones, el personal de la Direcci\u00f3n de Seguridad deber\u00e1 procurar que el n\u00famero de personas que ingrese corresponda a la capacidad de cada sede para evitar aglomeraciones y respetar los protocolos y medidas adoptadas por las autoridades de salud.<\/p>\n<p>f. \u00a0 \u00a0En cada sede, se habilitar\u00e1n o destinar\u00e1n \u00e1reas o salones especiales de atenci\u00f3n y espera. Personal de la Direcci\u00f3n de Protocolo y de la Direcci\u00f3n de Seguridad facilitar\u00e1n el ingreso a los despachos judiciales a visitar.<\/p>\n<p>g. En atenci\u00f3n a que los tribunales cuentan con estructuras f\u00edsicas distintas, se adoptar\u00e1n protocolos para el ingreso a cada despacho, garantizando en todo momento el acceso a la justicia. Se informar\u00e1 a la Direcci\u00f3n de Seguridad lo concerniente a la cantidad de personas que ser\u00e1n atendidas al mismo tiempo dentro del despacho, para cumplir con las medidas sanitarias de distanciamiento f\u00edsico.<\/p>\n<p>h. Para la atenci\u00f3n de casos de medidas cautelares, se seguir\u00e1 el lineamiento institucional siguiente:<\/p>\n<p>f. i. Los despachos deber\u00e1n efectuar el inventario de personas que comparecen en cumplimiento de medidas cautelares aplicadas.<\/p>\n<p>f. ii. Cada despacho llenar\u00e1 la hoja de registro de visitas de acuerdo a la circular del Comit\u00e9 COVID-19 dirigida a los miembros de los Sub-Comit\u00e9 COVID-19 de 25 de mayo de 2020.<\/p>\n<p>f. iii. Se dispondr\u00e1 de un lugar especial, de ser posible fuera de las instalaciones o lo m\u00e1s cercano a la entrada de la sede judicial, para atender las medidas cautelares.<\/p>\n<p>i. \u00a0 \u00a0 Para la realizaci\u00f3n de pr\u00e1cticas de pruebas o entrevistas, cada despacho deber\u00e1 destinar un espacio exclusivo, minimizando los contactos y tomando las medidas de distanciamiento social.<\/p>\n<p>j. \u00a0 \u00a0 En las instalaciones en las que funcione el Registro \u00danico de Expedientes (R.U.E.), que cuenten con oficinas accesibles y seguras, tanto para los usuarios como para los servidores judiciales, se organizar\u00e1 la atenci\u00f3n para el recibo de escritos u otras acciones legales que requieran la entrega de documentaci\u00f3n en formato de papel por parte de los usuarios, tomando las medidas sanitarias establecidas por las autoridades de salud.<\/p>\n<p>k. El Centro de Informaci\u00f3n y Atenci\u00f3n al Ciudadano (CIAC), de conformidad con sus funciones, prestar\u00e1 apoyo en la atenci\u00f3n a las personas usuarias de la administraci\u00f3n de justicia de manera presencial, telef\u00f3nica y telem\u00e1tica.<\/p>\n<p>l. \u00a0 \u00a0 Se permitir\u00e1 a las personas usuarias del Sistema de Administraci\u00f3n de Justicia fotografiar o copiar expedientes judiciales o parte de \u00e9stos, mediante el uso de los medios tecnol\u00f3gicos de que dispongan, dejando constancia de ello en el expediente.<\/p>\n<p>m. Cada despacho podr\u00e1 citar personas haciendo su programaci\u00f3n diaria, cuidando que ello sea de acuerdo con su capacidad f\u00edsica (espacio) y deber\u00e1 proporcionar esta informaci\u00f3n el d\u00eda anterior, antes de las cinco de la tarde (5:00 p.m.), a la Direcci\u00f3n de Seguridad, para que \u00e9sta pueda tomar las previsiones necesarias.<\/p>\n<p>n. En caso de personas con discapacidad, adultos mayores y mujeres embarazadas, se garantizar\u00e1 la accesibilidad y prioridad en su atenci\u00f3n, de acuerdo a lo establecido en la ley, manteniendo las medidas sanitarias establecidas por las autoridades de salud.<\/p>\n<p>o. En el caso de personas con discapacidad, adultos mayores y mujeres embarazadas podr\u00e1n ingresar con un acompa\u00f1ante.<\/p>\n<p>p. Coordinar con abogados y dem\u00e1s personas usuarias del sistema judicial, en lo posible, su atenci\u00f3n mediante medios tecnol\u00f3gicos, para la programaci\u00f3n de diligencias, consulta de procesos o realizaci\u00f3n de tr\u00e1mites relacionados con su causa, sin que ello implique limitar el acceso a los despachos o la revisi\u00f3n de sus expedientes.<\/p>\n<p><strong>3. DISTANCIAMIENTO F\u00cdSICO<br \/>\n<\/strong><br \/>\na. En lo posible se mantendr\u00e1n las l\u00edneas de acceso de personas a las sedes dentro de \u00e1reas techadas o se tomar\u00e1n previsiones para que, de acuerdo al orden de llegada, las personas se mantengan en \u00e1reas protegidas bajo techo, dentro o fuera de la sede, salvaguardando las distancias establecidas y para las cuales se contar\u00e1 con la se\u00f1alizaci\u00f3n correspondiente.<\/p>\n<p>b. En las \u00e1reas de espera dotadas con asientos o sillas, \u00e9stas podr\u00e1n utilizarse respetando las distancias establecidas para minimizar el contacto (con una silla de por medio), dando prioridad a las personas con discapacidad, adultos mayores y mujeres embarazadas.<\/p>\n<p><strong>4. UTILIZACI\u00d3N DE TECNOLOG\u00cdA<br \/>\n<\/strong><br \/>\nSe promueve el uso e implementaci\u00f3n de tecnolog\u00edas en el servicio de administraci\u00f3n de justicia.<br \/>\na. En cumplimiento de la Ley 75 de 18 de diciembre de 2015, que subroga la Ley 15 de 2008, que \u201cadopta medidas para la informatizaci\u00f3n de los procesos judiciales y dicta otras disposiciones\u201d, se procurar\u00e1 la utilizaci\u00f3n de las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n, para la prestaci\u00f3n del servicio de administraci\u00f3n de justicia.<br \/>\nIgualmente, en cuanto a la recepci\u00f3n de documentos en los cuales la ley no disponga otra formalidad para su presentaci\u00f3n.<\/p>\n<p>b. Se facilitar\u00e1 la utilizaci\u00f3n de todos los m\u00f3dulos disponibles del Sistema Automatizado de Gesti\u00f3n Judicial (Registro \u00danico de Entrada (RUE), Expediente Judicial Electr\u00f3nico (EJE), Tarjetero Electr\u00f3nico, Certificaciones de Dep\u00f3sito Judicial (CDJ), Edictos, entre otros), para lo cual se deber\u00e1 coordinar con la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de Modernizaci\u00f3n Institucional y la Direcci\u00f3n de Inform\u00e1tica.<\/p>\n<p>c. Se maximizar\u00e1 la atenci\u00f3n al p\u00fablico y las comunicaciones a trav\u00e9s del tel\u00e9fono y el correo electr\u00f3nico institucional.<\/p>\n<p>d. En las dependencias judiciales se deber\u00e1 promover el uso de video conferencias para la realizaci\u00f3n de audiencias y otras diligencias judiciales, para lo cual se deber\u00e1 coordinar con la Direcci\u00f3n de Inform\u00e1tica a fin de implementar la tecnolog\u00eda en la medida que se cuente con los recursos para ello.<\/p>\n<p>e. Se impulsar\u00e1 la utilizaci\u00f3n de medios electr\u00f3nicos para realizar las notificaciones, siempre que la norma que regula el proceso lo permita.<\/p>\n<p>f. \u00a0 \u00a0 Se establecer\u00e1n protocolos por jurisdicci\u00f3n, para la implementaci\u00f3n y uso de los medios tecnol\u00f3gicos permitidos por la ley, los cuales deber\u00e1n hacerse llegar al Pleno de la Corte Suprema de Justicia antes del inicio del levantamiento de los t\u00e9rminos judiciales.<\/p>\n<p><strong>5. REPORTE DE INCIDENCIAS<\/strong><\/p>\n<p>a. En caso de que se evidencie tos, dificultad respiratoria, fiebre, la Oficina de Seguridad aplicar\u00e1 el protocolo establecido por las autoridades sanitarias.<\/p>\n<p>b. En caso que se tenga conocimiento de que se mantuvo contacto con una persona positiva por COVID-19 o del ingreso de alg\u00fan usuario, auxiliar de la justicia o servidor judicial con resultado positivo por COVID-19, deber\u00e1 notificarse, v\u00eda correo electr\u00f3nico, a la Direcci\u00f3n de Bienestar del Servidor Judicial para que se lleve el control y seguimiento de casos y sean referidos cumpliendo con los protocolos establecidos por el Ministerio de Salud y se coordinen las medidas sanitarias respectivas. Esta informaci\u00f3n se mantendr\u00e1 con la confidencialidad debida.<\/p>\n<p><strong>6. REVISI\u00d3N DE MEDIDAS<\/strong><\/p>\n<p>a. Estas medidas ser\u00e1n objeto de revisi\u00f3n y adecuaci\u00f3n, en caso de requerirse para brindar una mejor atenci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>SEGUNDO:<\/strong> El presente Acuerdo comenzar\u00e1 a regir a partir de su aprobaci\u00f3n y deber\u00e1 ser publicado en Gaceta Oficial.<\/p>\n<p>No habiendo otros temas que tratar se dio por terminado el acto y se dispuso hacer las comunicaciones correspondientes.<\/p>\n<p><strong>Panam\u00e1, 27 de mayo de 2020.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Fuente: \u00d3rgano Judicial de la Rep\u00fablica de Panam\u00e1<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Mediante Acuerdo N\u00b0 173 del 27 de mayo de 2020, <a href=\"https:\/\/sertv.gob.pa\/nacionalfm\/comunicado-de-la-corte-suprema-de-justicia\/\"> [&#8230;]<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":9,"featured_media":52553,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[2],"tags":[],"class_list":["post-52552","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-nacionales"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/sertv.gob.pa\/nacionalfm\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/52552","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/sertv.gob.pa\/nacionalfm\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/sertv.gob.pa\/nacionalfm\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sertv.gob.pa\/nacionalfm\/wp-json\/wp\/v2\/users\/9"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sertv.gob.pa\/nacionalfm\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=52552"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/sertv.gob.pa\/nacionalfm\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/52552\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":52554,"href":"https:\/\/sertv.gob.pa\/nacionalfm\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/52552\/revisions\/52554"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sertv.gob.pa\/nacionalfm\/wp-json\/wp\/v2\/media\/52553"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/sertv.gob.pa\/nacionalfm\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=52552"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/sertv.gob.pa\/nacionalfm\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=52552"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/sertv.gob.pa\/nacionalfm\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=52552"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}