A través de nota, las autoridades del Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN), presentan a la ciudadanía, una serie de consideraciones para hacer uso racional y responsable del agua ante la crisis que atraviesa actualmente Panamá a causa del Fenómeno del Niño.

Lo mismo se establece en el Decreto Ejecutivo N°436 del 9 de abril de 2010 en el que se enumeran las acciones que pueden ser causa de sanción por parte de las autoridades competentes.

Artículo 1. Se considera como uso no racional en particular en los periodos de escasez, la utilización del agua potable, para las siguientes actividades:

1. Barrer o lavar estructuras como garajes, aceras, calles, paredes, muros, techos, etc.

2. Regar calles o caminos no pavimentados y jardines.

3. Compactar rellenos de tierra en obras de ingeniería, entre otras, calles, caminos, carreteras.

4. Realizar pruebas de estanquidad durante la construcción de alcantarillados.

5. Regar parques o usar el agua para explotaciones agrícolas o ganaderas.

6. Lavar equipo automotriz o bañar animales con mangueras sin pistolas de control de presión.

7. Derrochar o desperdiciar voluntariamente el agua potable por omisión intencional y/o negligente de la reparación de daños en instalaciones, tales como:

Tuberías, válvulas, etc.

Sistema de agua para apagar incendio.

Sistemas hidroneumáticos para suministro de agua potable.

Tanques de succión y/o de almacenamiento de agua potable.

8. No cerrar llaves de paso o grifos que ocasionen pérdida innecesaria de agua potable.

9. Abrir hidrantes sin la previa autorización del prestador de servicio de agua potable.

¡Camparte en tus Redes Sociales!