El Ing. Luis Benavides, director nacional de Normas de Importación de la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA), dio a conocer, que esta nueva reglamentación tiene como objetivo establecer los requisitos mínimos de calidad que debe cumplir la cebolla para consumo en estado fresco y su comercialización.
“La AUPSA, como la entidad responsable de la importación de alimentos, en este caso de la cebolla, tiene que ver con todos los aspectos técnicos y científicos que regula esta materia, incluyendo los aspectos de calidad e inocuidad”, aclaró Benavides.
En el mismo, se establece que la cebolla deberá ser empacada y clasificada de acuerdo a las categorías estipuladas. La caducidad de la cebolla comercializada en el país no debe ser mayor de 120 días a partir de la cosecha, pues pierde sus cualidades de calidad.
En la supervisión de esta reglamentación van a intervenir otras entidades como la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia, Ministerio de Salud, Ministerio de Desarrollo Agropecuario, el Instituto de Mercadeo Agropecuario y el Instituto de Investigaciones Agropecuarias de Panamá.