Las autoridades de la Alcaldía de Panamá profirieron sendas disposiciones para la celebración del Carnaval de Panamá: Un país en fiestas, regulando el uso de los aparatos de sonido en la ruta del desfile, al igual que el establecimiento de horarios para la celebración de los culecos, prohibiendo disfraces que simulan a los uniformes de los estamentos de seguridad y levantando la Ley Zanahoria durante los 4 días de jolgorio.

De tal manera, el Decreto Nº 12 de 6 de febrero de 2015 establece que se permitirán los culecos desde las 10 de la mañana a 2 de la tarde en las áreas asignadas para esta actividad en la cinta costera, siempre y cuando se utilice el agua recomendada por el Ministerio de Salud.

Esta norma que requiere a la ciudadanía y a los visitantes extranjeros divertirse con respeto y cordura, pide además evitar desórdenes que alteren la tranquilidad o puedan provocar molestias a terceras personas.

Además, queda prohibido los actos que atenten contra la moral y las buenas costumbres, teñirse total o parcialmente el cuerpo con sustancias colorantes, usar látigos o jeringuillas o cualquier otro método de coacción para pedir dinero.

Es importante saber, que el documento legal rechaza asimismo el uso de disfraces cuya imitación se pueda prestar a confusión con los uniformes de los estamentos de seguridad y utilizar los hábitos sacerdotales y los emblemas nacionales o de otros países en comparsas disfraces o carros alegóricos.

Además, durante la fiesta de momo queda prohibido la entrada de neveras portátiles, portar armas de fuego (aún con permiso), portar armas blancas o punzo cortantes, e instalar o usar equipos de sonido en los puestos de venta de comida o de venta ambulante.

Es bueno informar, que la Alcaldía de Panamá contará durante los 4 días de carnaval con dos puestos de corregiduría habilitados en horario de 6 de la mañana a 6 de la tarde en la ruta de la Cinta Costera, concretamente en los estacionamientos del Teatro Assa.

Por otra parte, el decreto también deja sin efecto la norma 1896 y 1899 de 2011 y establece que los centros de diversión nocturna podrán operar los 4 días de carnaval en horario completo pero en las casas solamente se podrá realizar celebraciones hasta las 12 de la medianoche.

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