Actualmente, el cauce del río Pacora en toda su extensión y un ancho de 500 metros a ambos lados del mismo, medido a partir de su ribera, fue establecido como Área de Reserva Minera acorde a una resolución firmada por el Ministro de Comercio e Industrias, Melitón Arrocha.

Por ello, según el Ministro Arrocha, queda prohibido dentro del Área de Reserva Minera establecida mediante la presente resolución, toda exploración y extracción de minerales de toda clase. Para este efecto, los contratos, autorizaciones, certificaciones y permisos existentes que traslapen o se encuentren dentro del área establecida, sólo continuarán vigentes hasta el vencimiento estipulado en los mismos, sin derecho a prórrogas. 

No obstante, en el caso de solicitudes en trámite cuyo traslape sea parcial, los solicitantes gozarán de un plazo de dos meses a partir del día siguiente de la publicación en la Gaceta Oficial de la presente Resolución, para adecuar las zonas solicitadas. 

Conforme a esta resolución, se faculta a la Dirección Nacional de Recursos Minerales del Ministerio de Comercio e Industrias, para que ejecute las anotaciones en el Registro Minero del Área de Reserva Minera establecida mediante la presente Resolución.

“Damos traslado inmediato de la presente Resolución al Ministerio de Ambiente y a las autoridades distritales y provinciales competentes para su fiel cumplimiento”, recalcó el Ministro.

Vale mencionar que el establecimiento de la presente Área de Reserva Minera complementa y adiciona otras áreas de reserva previamente establecidas en el área del río Pacora; todo basado en los Artículos 2, 31 y concordantes del Código de Recursos Minerales.

Según el Ministro de Comercio, el río Pacora constituye un valioso patrimonio nacional, el cual el Estado tiene la obligación de conservar y proteger, además de formar parte del sistema de abastecimiento de agua potable, mismo que se encuentra bajo condiciones climáticas difíciles.

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