El Ministerio de Salud (Minsa) efectuó cambios a la Ley No. 23 de febrero de 1954, que regulaba el acceso a sustancias controladas para fines médicos y científicos en el país.

Las modificaciones están contempladas en la nueva Ley No. 14 del 19 de mayo de 2016 sobre la producción, fabricación, acondicionamiento, almacenamiento, exportación, importación, distribución, disposición, tránsito aduanero, desecho y uso de estupefacientes y psicotrópicos.

La directora del Departamento de Sustancias Controladas del Minsa, Elsa Jara, explicó que la iniciativa surgió por la necesidad de llenar algunos vacíos que tenía la norma desde hace 62 años, que ya era obsoleta.

Jara aclaró que “la nueva regulación tiene el objetivo principal de agilizar y reducir los papeleos para la expedición de la licencia de operación y permisos de importación de productos y no tiene nada que ver con permitir el uso de la marihuana o la cocaína”, aclaró Jara.

Añadió que a pesar de que Panamá ha firmado dos convenios internacionales en los que se agrupan más de 200 sustancias controladas, al país solo entran 30 que han demostrado su efectividad para el uso médico o con fines científicos.

Entre esos estupefacientes que ingresan al país están: codeína, fentanil, morfina y la oxicodona, además de psicotrópicos como lo son la alprazolam, amfepramona y bromazepam, clordiazepóxido, entre otros.

La especialista dijo que “ha habido un mal entendido y se ha tergiversado el contenido de la ley”.

Recalcó que “está prohibido el uso de la marihuana y de la cocaína para el tratamiento de cualquier enfermedad”.

De hecho, la entrada al país de drogas como la marihuana y la cocaína, su uso, producción o comercialización están prohibidos por el Código Penal en el Título IX, Capítulo V, que se refiere a los Delitos Relacionados con Drogas, y establece sanciones que van hasta los 25 años de prisión, según la gravedad del ilícito.

 

 

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