El incumplimiento de garantía, la falta de información y las cláusulas abusivas son los principales motivos de 1,358 quejas que fueron resueltas a favor de los consumidores por la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO), en todo el país.

En base a cifras del Tablero de Quejas de la ACODECO, de enero a agosto del presente año,  los casos solucionados por incumplimiento de garantía fueron 406 con una cuantía total de B/. 1,218,871.53; la falta de información registra 336 quejas resueltas por B/. 1,483,790.23; cláusulas abusivas 196 y con el mayor monto B/. 18, 309.682.07.

Asimismo, se registran las soluciones a 89 quejas por incumplimiento de servicio (B/. 260,645.15); 79 incumplimiento de contrato ( B/. 1,745,164.35); 51 resolución de contrato (B/. 10,025.29); 32 por vicio oculto (B/. 715,631.46); 29 devolución de dinero (B/. 207,307.44); 27 anulación de contrato (B/. 6,637.21); 27 cobro indebido (B/. 39,079.13); 22 casos por custodia del bien (B/. 23,719.99); 20 rescindir contrato (B/. 3,909.27); 18 casos de veracidad de la publicidad (B/. 273,861.79), y 10 por daños y perjuicios (B/. 23,590.91), entre otras causas o inconformidades que presentaron 1,358 consumidores por un total de B/. 24,329, 963,35.

Cabe destacar, que las cláusulas abusivas, cuyas quejas sobrepasaron los 18 millones de balboas, representan los casos con mayor cuantía presentados, de enero a agosto del presente año, ante la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia.

Según el Tablero de Quejas, las actividades resueltas con más casos registrados por cláusulas abusivas,  corresponden a inmobiliarias (153 por B/. 18, 062,020.95).

Todas las estipulaciones, disposiciones o normas contractuales impuestas  en un contrato de adhesión y que causen perjuicio o desequilibrio a los derechos del usuario o consumidor, se les consideran como cláusulas abusivas.

Todo contrato de adhesión con condiciones generales que sean ambiguas u oscuras deben interpretarse en favor del consumidor, las condiciones no negociadas individualmente y aquellas prácticas no consentidas expresamente, que causen o puedan causar perjuicios al consumidor, pueden ser presentadas ante la ACODECO para su respectiva orientación o investigación.  La ACODECO, recomienda leer con detenimiento las cláusulas de todo contrato, antes de firmarlo.

Fuente: ACODECO