En segundo debate fue aprobado el anteproyecto de Ley 310, por parte del Pleno de la Asamblea Nacional, el cual establece el marco legal de los Programas de Transferencia Monetarias Condicionadas (PTMC) y la creación del Registro Nacional de Beneficiarios (RENAB), el mismo tiene como objetivo general, promover la incorporación, aumentando así la transparencia y equidad del gasto.
Sobre el particular, el ministro de Desarrollo Social, Alcibíades Vásquez Velásquez, exteriorizó, que el articular de manera transparente y equitativa de los recursos que el Estado dirige a sectores de la sociedad en condiciones de pobreza y extrema pobreza, a través de diversos Programas de Transferencias Monetarias Condicionadas o No, es hoy día una tarea que como encargados de las políticas sociales hay que mejorar con esta ley, el cual busca fortalecer la eficiencia del sistema de inclusión y desarrollo social, optimizar la capacidad de evaluación de los PTMC y Consolidar el funcionamiento integrado de las transferencias.
Por su parte el diputado Adolfo Valderrama sostuvo que con la existencia de este Registro Único de Beneficiarios (RUB) se mejorará la forma de hacer los pagos, dado que esta herramienta tecnológica permitirá agilizar, racionalizar y monitorear el proceso de asignación y pago de las transferencias de manera centralizada de pago electrónico.
El RENAB y la Plataforma Única de Pagos (PUC), serán institucionalizadas inicialmente en el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES), la cual incluirá para cada vigencia fiscal, la partida presupuestaria correspondiente para sufragar los gastos operativos y administrativos necesarios para el cumplimiento de esta Ley.
Cabe resaltar, que esta herramienta coadyuvará a eliminar la duplicidad de registros y minimizará los errores de identificación de las personas al momento de la inclusión y exclusión de los PTMC y otros programas sociales. Al mismo tiempo, permitirá agilizar, racionalizar y monitorear el proceso de asignación y pago de las transferencias de manera centralizada.
Es importante enfatizar, que la permanencia de los beneficiarios en los PTMC, así como de aquellos que reciban un beneficio de SENAPAN, 120 a los 65, Red de Oportunidades y Ángel Guardián, estará sujeta a la recertificación periódica de la elegibilidad basado en los criterios de selección de cada uno de los programas, además de cumplir con las corresponsabilidad que asumen los integrantes del programa y aquellos cooperantes en la implementación y seguimiento de los objetivos establecidos en esta Ley.