Recientemente, autoridades del Ministerio de Seguridad Pública (MINSEG) y la Organización Mundial para las Migraciones (OIM), elaboraron el primer Manual de Gestión de Alojamientos Temporales en Panamá, como parte de las herramientas en materia migratoria de la actual administración del mandatario, Juan Carlos Varela.
Este Manual, fue aprobado mediante Decreto Ejecutivo N° 121 del viernes 15 de marzo del 2019 y publicado el lunes, 18 de marzo en la Gaceta Oficial.
El documento, que es el primero de su tipo en toda la región, recoge buenas y mejores prácticas que se pusieron en ejecución para la operación “Flujo Controlado” ejecutada entre los años 2015 y 2016 en conjunto con Costa Rica cuando pasaron por ambas fronteras un aproximado de 59 mil 649 migrantes.
Esta Operación, tenía como fin, dar un manejo responsable y seguro a la crisis migratoria de ilegales cubanos, haitianos y extracontinentales que deseaban llegar a Estados Unidos, sin menoscabar las condiciones de la población panameña. Al mismo tiempo, se atendió la salud de los migrantes, se les tomaron las generales, como por ejemplo el nombre y la edad, igualmente los datos biométricos que incluyeron huellas dactilares, fotos al iris y al rostro, todo esto como medida de control y seguridad en beneficio del país.
Este Manual de Gestión, tiene como intención, apoyar técnicamente la gestión de alojamientos temporales con la finalidad de proporcionar asistencia y protección a grupos grandes de personas migrantes en tránsito y está dividido en cuatro partes: En la primera se describe el marco legal nacional e internacional que fundamenta la asistencia humanitaria y la protección de la población migrante varada.
La segunda parte, presenta la estructura institucional de coordinación para dar respuesta a través de alojamientos temporales. La tercera, es un mapa con la ruta migratoria en Panamá y la cuarta, describe los tipos de alojamientos temporales y la manera de administrarlos a lo largo de su ciclo de vida.
Cabe mencionar, que el marco legal de este Manual, está basado en la posición de Panamá como signatarios de diversos instrumentos internacionales y regionales en materia de protección a los derechos humanos de las personas que se hallen en su territorio en condiciones de igualdad y sin ningún tipo de discriminación.
Entre estos instrumentos, están la Constitución Política de Panamá (art.17), la Declaración Universal de los Derechos Humanos (art. 3 y 4), el Pacto de los Derechos Civiles y Políticos (art.1) el Pacto de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (art.12), la Convención de los Derechos de los Niños (art.3), la Convención de 1951 y el Protocolo de 1967 sobre el Estatuto de los Refugiados (art.1).
Este primer Manual de Gestión de Alojamientos Temporales en Panamá, divide los alojamientos en 4 clases: campamentos planificados, campamentos espontáneos, centros colectivos y centros de recepción y trámites.
A la par, divide la administración en tres fases: la primera de Instalación y apertura, la segunda de cuidado y mantenimiento y la última de cierre y soluciones.
El documento, establece también la atención médica, la limpieza de las áreas de ubicación de los campamentos, códigos de conducta para migrantes y funcionarios, traslado de migrantes y establece roles y responsabilidades con relación a la gestión de los alojamientos temporales.