Los administradores en las edificaciones de Propiedad Horizontal (PH) deben hacer docencia de los deberes y derechos en cuanto al manejo de fondos, mantenimiento, conservación de las áreas comunes y resolución de conflictos entre los propietarios, subrayó el director de PH del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, Cristóbal Espinosa.

Las declaraciones de Espinosa se dieron durante su exposición “Administración en la Propiedad Horizontal”, en el segundo congreso nacional de la Asociación Panameña de Corredores y Promotores de Bienes Raíces (Acobir), que se realizó en Panamá.

Indicó, que un administrador no debe ser miembro de la Junta Directiva, puesto que no puede ser juez y parte, sino ser un facilitador de la información a los diferentes entes que conforman un PH.

Igualmente, se explicó que deben ser canalizadores de las diferentes quejas y situaciones que se dan entre propietarios y la gestión de cobro de las cuotas de gastos comunes de los mismos.

El director de PH, destacó que “como directivos de Propiedad Horizontal debemos ser una balanza entre el promotor y el propietario, es como una corregiduría grande, porque se tiene que ver consultas, quejas, incorporaciones, calificaciones de actas y modificaciones, eso nos ha permitido percibir las deficiencias que existen, por eso necesitamos una alianza con todos los ustedes”.

En este congreso, participaron también unos 12 expositores entre ellos la directora General de Arrendamientos del MIVIOT, Naydú Rudas.

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