Panamá, como parte del compromiso adquirido para mejorar la adopción de medidas para la protección del medio marino, efectuó el depósito del instrumento de adhesión al Convenio Internacional de Hong Kong para el reciclaje seguro y ambientalmente racional de los buques, 2009, ante la Organización Marítima Internacional (OMI) en Londres, Inglaterra.

De tal modo, mediante nota fechada del 19 de septiembre del año en curso, la Secretaría General de la OMI, confirmó el acuse de  recibido del depósito antes mencionado por parte del Gobierno de la República de Panamá, el cual busca prevenir, reducir, eliminar los accidentes, lesiones y otros efectos adversos, así como mejorar la seguridad y la protección de la salud de los seres humanos y el ambiente a lo largo de la vida útil del buque.

Sobre el particular, el Ministro de Asuntos Marítimos y Administrador de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP), Jorge Barakat Pitty, reconoce que la adhesión al mencionado convenio, forma parte del gran esfuerzo de cooperación y aplicación de normas de transparencia, que el país viene realizando para adoptar medidas para la protección y seguridad del medio marino, además de apoyar las actividades de la OMI y mantener una amplia y adecuada aplicación de los instrumentos adoptados por esta Organización.

Este Convenio, abarca el diseño, construcción, operación y preparación de los buques, a fin de facilitar el reciclaje seguro y ambientalmente racional, sin comprometer la seguridad y la eficacia operativa de los buques, la explotación de instalaciones de reciclaje de buques en condiciones de seguridad y protección medioambiental, con lo que se busca establecer un mecanismo para el reciclaje de buques, la incorporación de la certificación pertinente y requisitos de intercambio de información sobre autorizaciones de reciclaje.

Cabe resaltar, que el Convenio Internacional de Hong Kong para el Reciclaje Seguro y Ambientalmente Racional de los Buques, 2009, se adoptó el 15 de mayo de 2009 bajo los auspicios de la OMI, entrará en vigor 24 meses después de la fecha en que se cumplan las condiciones de que al menos 15 Estados lo hayan firmado sin reserva en cuanto a ratificación, aceptación o aprobación o hayan depositado el documento requerido de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión; que las flotas mercantes combinadas de los Estados mencionados con anterioridad, representen al menos el 40 por ciento del arqueo bruto de la marina mercante mundial; y el volumen del reciclaje de buques anual máximo combinado de los Estados mencionados en las dos condiciones anteriores, durante los 10 años precedentes represente al menos el 3 por ciento del arqueo bruto de la marina mercante combinada de dichos Estados.