El Presidente de la República de Panamá, Laurentino Cortizo Cohen, sancionó el jueves, 25 de febrero, la Ley No. 201 que establece Medidas Temporales para Preservar el Empleo y Normalizar las Relaciones de Trabajo en la República de Panamá.

La presente Ley, permite el reintegro gradual de los trabajadores con contratos suspendidos, reconoce el pago de las licencias de maternidad a las trabajadoras con contratos suspendidos, el retorno de las personas con discapacidad y establece medidas temporales para preservar el empleo y la estabilidad de las empresas.

En este sentido, la ministra, Doris Zapata Acevedo, planteó que esta Ley, que fue discutida y aprobada en tercer Debate por la Asamblea Nacional, surge de la necesidad de legislar para contar con una hoja de ruta para el retorno gradual de los trabajadores, salvaguardando los puestos de empleo y dando la seguridad jurídica a las empresas.

El Gobierno Nacional con el apoyo de los diputados de la Asamblea Nacional, incluyó una propuesta para el pago de las licencias de maternidad a las trabajadoras con contratos suspendidos.

En la norma, se rescatan y reafirman algunos elementos de la Ley No.157 de 2020, como la regulación de la terminación de la relación de trabajo por mutuo acuerdo y la cancelación total de las prestaciones a las que tiene derecho el trabajador después de la suspensión.

Con dicha norma, se regula el reintegro de los trabajadores de forma gradual por sector económico, de la siguiente forma: sector primario tendrá tres meses; el sector secundario seis meses y el terciario hasta ocho meses.

Dentro de las novedades del proyecto, el MITRADEL crea el Registro Nacional de Desempleo, con el objetivo de contar con datos estadísticos que permitan promover políticas públicas claras de promoción del empleo, siendo la primera vez que se contará con esta data que será viabilizada mediante la plataforma informática del Gobierno Digital.

Gaceta Oficial en el siguiente Link : file:///C:/Users/kkose/Downloads/GacetaNo_29228a_20210226.pdf

Fuente: MITRADEL