Las salas de bellezas están contempladas para el Bloque #3 y desde este momento, las autoridades del Ministerio de Salud de la República de Panamá (MINSA), adelanta que la mascarilla quirúrgica debe ser de uso obligatorio, al considerarse que en estos locales, el servicio es personalizado y es brindado a menos de un metro de distancia.

Cabe enfatizar, que en la página web del MINSA, se encuentra publicada la lista de verificación a fin de obtener el certificado sanitario de bioseguridad post COVID-19, entre las medidas de uso obligatorio dentro de las salas de belleza u otros lugares de atención. Ellos son:

  • Comité especial de salud e higiene para la prevención y atención del COVID-19.
  • Cumplimiento de los protocolos y guías sanitarias.
  • Higiene de manos frecuente, uso de mascarillas, etiqueta respiratoria – otras medidas, distanciamiento físico, uso de equipo de protección, limpieza – desinfección de superficies, manejo de desechos.
  • Horarios especiales y restricción de número de personas, – teletrabajo.
  • Monitoreo de síntomas de los colaboradores y clientes.
  • Manejo del estrés laboral.
  • Compromiso de la empresa.

Es importante resaltar, que estas salas de atención, forman parte de un bloque que aún, no se conoce su apertura, sin embargo, desde este momento deben actualizar los protocolos sanitarios.

Por otra parte, el MINSA, exhorta a todos los comercios que forman parte de los bloques tres, cuatro, cinco y seis a ir prepararse desde este momento, en la actualización de sus guías y lineamientos laborales como parte de la Nueva Normalidad Post- COVID-19.

 

Fuente: MINSA

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