La Dirección Nacional de Farmacias y Drogas anunció la vigencia de la Resolución: N° 09 del 23 de noviembre de 2009 emitida por el Consejo Técnico de Salud.

La medida establece la prohibición de la aplicación de tratamientos invasivos e intervenciones quirúrgicas en el cuerpo humano, en salones y salas de belleza, estéticas, gimnasios, spa, centros de estética y similares, puesto que escapan a los servicios de cosmetología y estética reconocidos en estos locales.

Crioterapia, mesoterapia, hidrolipoclasia carboxiterapia, estiramiento o rejuvenecimiento ( lifting ) quirúrgicofacial, exfoliación cutánea ( peeling ) media o profunda, relleno de arrugas, colonterapia, láser vascular, reafirmación quirúrgica, estiramiento de la piel, depilación con láser, cirugía de mamas, cirugía de parpados, implantes de prótesis, escleroterapia, lipoescultura, colocación de hilos tensores y ozonoterapia, son algunos de los tratamientos corporales que no pueden realizar estos centros dedicados a la belleza.

La reactivación de la restricción surge a raíz de la muerte de una persona a causa de un tratamiento que supuestamente recibió en un local dedicado a la práctica de estos tratamientos en el sector de Betania.

El  Consejo Técnico de Salud y el Ministerio de Salud realizan las investigaciones por este caso.