Desde diez a cien dólares, serán las sanciones que van a aplicar las autoridades de la Dirección de Arrendamientos del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MIVIOT), a quienes incumplan con las normas establecidas en la Ley 93 relacionado a la formalización de contratos y consignación de depósitos, según lo hizo saber, Naydú Rudas, directora de esta instancia.

Del mismo modo, aseveró que el artículo 5 de la citada Ley establece que todo contrato de arrendamiento deberá formalizarse por escrito con la información detallada de los contratantes en formatos que esta dirección suministrará a la parte interesada.

Igualmente, el artículo 6 expresa que El Arrendador tiene la obligación de entregar a la Dirección General de Arrendamientos dentro de los cincos días hábiles una vez firmado el contrato una copia del mencionado documento, quien incumpla con la negativa de presentar este contrato será causal de sanción de acuerdo a lo establecido en esta ley, sostiene Rudas.

En el artículo 13 se establece que en los Contratos de Arrendamiento que se celebren a partir de la vigencia de la Ley 93, el arrendatario tiene como obligación consignar por conducto del arrendador una suma igual al canon de arrendamiento en concepto de depósito.

Cabe recordar, que las multas establecidas habrán de ser canceladas ante la Dirección General de Arrendamientos del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MIVIOT).

Rudas agrega, que se tiene conocimiento de que existen personas que incumplen las normas de esta Ley en materia de Arrendamientos, por lo cual hacen un llamado para que procedan al registro de manera formal de todo contrato celebrado entre Arrendador y Arrendatario.

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