El Tribunal Electoral (TE) informa que a partir de la fecha la cédula de identidad personal de los ciudadanos mayores de 70 años tendrá una vigencia indefinida y el carné de residente permanente de los extranjeros mantendrá una duración de 10 años; además, las cédulas para el resto de los ciudadanos será válida por 15 años.
La nueva vigencia de la cédula de identidad personal de los panameños mayores de 70 años se da a fin de que se les expida de forma indefinida, evitando así que deban apersonarse a las oficinas del TE.
Los mayores de 70 años solo podrán realizar el trámite de renovación si se les extravía el documento, sean víctimas de hurto, robo, o realicen alguna modificación en sus datos que amerite la expedición de un nuevo documento.
El carné de residente solo se tramitará en el TE por autorización del Servicio Nacional de Migración (SNM) por primera vez y los que deban obtenerlo por vencimiento, deterioro, extravío, pérdida o hurto deberán redocumentarse, según el Decreto Ley 3 de 2008, reglamentado mediante el Decreto Ejecutivo 320 de 2008.
Aquellos que afronten las situaciones especiales descritas en la Ley 25 de 2008, el TE determinará la emisión del documento en el plazo que así lo fije.
Esto se desprende del Decreto 48 de 24 de noviembre de 2020, que modifica los artículos 3 y 5 del Decreto 1 de 1 de febrero de 2017, modificado por el Decreto 21 de 28 de mayo de 2020, que lleva la firma del magistrado presidente del TE, Heriberto Araúz Sánchez; el magistrado primer vicepresidente, Eduardo Valdés Escoffery; y el magistrado segundo vicepresidente, Alfredo Juncá Wendehake.