Trece instituciones del Estado sustentaron en las respectivas comisiones permanentes de la Asamblea Nacional los logros de la administración correspondiente al año fiscal 2013-2014. Este informe anual también destacó los avances de la gestión gubernamental para el 2015.
Los ministerios que sustentaron su ejecución presupuestaria fueron Relaciones Exteriores, Comercio e Industrias, Gobierno, Trabajo y Desarrollo Laboral, Seguridad, Vivienda, Educación, Presidencia, Economía y Finanzas, Salud, Desarrollo Agropecuario, Obras Públicas, Desarrollo Social. Además de estas entidades, al igual, presentaron su hoja de trabajo fiscal las entidades autónomas y semiautónomas.
El artículo 198 de la Constitución Política establece que los ministros de Estado entregarán personalmente a la Asamblea Nacional un informe o memoria anual sobre el estado de los negocios de su ministerio y sobre las reformas que juzguen oportuno introducir. Comprenderán un período de 12 meses que se inicia cada 1 de noviembre y concluye el 31 de octubre.
Según el artículo 9 del Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional, al iniciarse la segunda legislatura de cada año, el Órgano Ejecutivo entregará a la Asamblea Nacional los informes y las memorias del gobierno central y de las entidades autónomas y semiautónomas.
Mediante la Resolución No. 20 de 25 de octubre de 2010, la Secretaría General del Legislativo debe coordinar con el Ejecutivo esta tarea de rendición de cuentas.
La presentación de los ministerios se realizará personalmente ante el pleno de la Asamblea Nacional, mientras que las instituciones autónomas y semiautónomas presentarán sus documentos en la Secretaría General de la Asamblea.
En tanto, las comisiones permanentes realizarán el análisis de las memorias para ser presentados, posteriormente, al pleno, luego de la debida participación de las entidades.
También esta tarea de rendición de cuentas está establecida en el artículo 26 de la Ley 6 de 2002, que dicta las normas para la transparencia en la
gestión pública, que dispone que los informes y memorias anuales presentados al Órgano Legislativo deben incluir los datos correspondientes al acceso a la información pública y a la participación ciudadana en las decisiones tomadas por dichas instituciones.
Fuente: Asamblea Nacional




