La Contraloría General de la República aprobó el procedimiento que permitirá al IFARHU cobrar por la vía judicial los créditos educativos y becas que permanezcan pendientes de pago.
El manual, publicado en la Gaceta Oficial mediante la Resolución 2037-2026-DNMySC, establece las acciones que podrá ejecutar el juzgado ejecutor del IFARHU, que cuenta con jurisdicción coactiva para realizar los cobros.
Entre las medidas contempladas están el secuestro o embargo de fincas, vehículos, salarios y cuentas bancarias del deudor. Estas acciones también pueden alcanzar al codeudor, quien responde bajo las mismas condiciones establecidas para el deudor principal.
El procedimiento inicia con la conformación del expediente, que incluye el contrato original y el estado de cuenta. Posteriormente, el juzgado puede emitir un Auto de Mandamiento de Pago y un Auto de Secuestro, además de notificar al deudor y sus codeudores.
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Las autoridades podrán investigar cuentas bancarias, propiedades, vehículos y fuentes laborales para determinar qué bienes o ingresos pueden ser objeto de medidas cautelares.
Si la deuda no es cancelada, los bienes embargados podrán ser llevados a remate.
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