Cuba retiró del proyecto de su nueva Constitución los cambios que allanaban el camino al matrimonio homosexual en la isla, tema al que la ciudadanía se había mostrado en contra durante los debates en asambleas populares.

“El proyecto de Constitución de Cuba no va a definir qué sujetos integran el matrimonio, con lo cual esa discusión sale del universo constitucional”, dijo el secretario del Consejo de Estado y diputado coordinador de la redacción del texto, Homero Acosta, citado por la prensa oficial.

La propuesta inicial de nueva Carta Magna aprobada por el Congreso en julio incluía en el artículo 68 la definición de matrimonio como la unión “entre dos personas”, modificando el concepto de “entre hombre y mujer” establecido en la Constitución de 1976.

El íntegro del proyecto fue sometido al debate ciudadano en barrios y centros de trabajo entre agosto y noviembre. El tema del matrimonio fue el más tratado.

“El artículo 68 fue el más abordado por el pueblo en la consulta popular, en el 66% de las reuniones (de debate ciudadano). De las 192.408 opiniones, 158.376 proponen sustituir la propuesta por la que está hoy vigente”, detalló la Asamblea Nacional en Twitter.

Ante esa situación, “la Comisión (de redacción del texto) propone diferir el concepto del matrimonio, es decir, que salga del Proyecto de la Constitución, como forma de respetar todas las opiniones. El matrimonio es una institución social y jurídica. La ley definirá el resto de elementos”, agregó la Asamblea.

El nuevo borrador, ya con los cambios realizados, será elevado este viernes 21 de noviembre a la Asamblea Nacional para su aprobación y luego sometido a referéndum popular el 24 de febrero de 2019.

En la antesala de la sesión anual del Parlamento, Acosta explicó este martes ante la Asamblea Nacional las modificaciones recogidas tras los debates ciudadanos. El 60% de los artículos han recibido algún tipo de modificación, detalló.

La comisión redactora del proyecto propone un nuevo artículo, el 82, en sustitución del 68, que define el matrimonio “como una institución social y jurídica”.

Lo considera como “una de las formas de organización de la familia”, que “se funda en el libre consentimiento y en la igualdad de derechos, obligaciones y capacidad legal de los cónyuges”. Establece que será “la ley” la que determine “la forma en que se constituye y sus efectos”.

El asunto referido al concepto de matrimonio quedará en manos del Código de Familia, donde “deberá establecerse quiénes pueden ser sujetos del matrimonio, se realizará una consulta popular y referéndum en un plazo de dos años a partir de una propuesta de disposición transitoria recogida en el propio proyecto” de Constitución, detalló la Asamblea Nacional.

El texto reconoce los vínculos jurídicos de hecho, la estable y singular con actitud legal que forme un proyecto de vida en común y formar una familia que bajo las condiciones y circunstancias que señale la ley genera los derechos y obligaciones que esta disponga.