El Ministerio de Gobierno (MINGOB) dio a conocer el listado de 196 personas privadas de libertad candidatas a gozar rebaja de pena en los próximos días

El Presidente de la República tiene la facultad de decretar indultos, rebajas de pena y conocer la libertad condicional, según el artículo 184 de la Constitución Política. Siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 112 del Código Penal y 99 del Decreto Ejecutivo 393 de julio de 2005, que reglamenta el Sistema Penitenciario.

Para ser beneficiado con esta medida, la persona privada de libertad, debe haber cumplido las dos terceras partes de la condena, no poseer otras sanciones o penas sin cumplir, haber sido clasificado en los periodos de pre libertad o libertad vigilada, buena conducta, informe de pronóstico favorable, y mostrar índice de readaptación.

Las víctimas podrán presentar su oposición a dicha medida ante la Dirección General del Sistema Penitenciario a la siguiente dirección electrónica: sistemapenitenciario@mingob.gob.pa;  y a la Oficina de Equiparación de Oportunidades del Ministerio de Gobierno: derechoshumanos@mingob.gob.pa.

El listado de las personas beneficiadas con estas medidas,  lo podrán observar,  al ingresar a la página web del Ministerio de Gobierno de la República de Panamá.

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