El proceso de consultas continúa en la subcomisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social de la Asamblea Nacional al Proyecto de Ley No. 136, que establece disposiciones relacionadas al contenido y divulgación de información sobre los productos derivados al tabaco.
Ricardo Goti, representante del Ministerio de Salud, destaca que hay que tomar en cuenta todos los elementos que forman parte del movimiento y las consecuencias que tienen para la salud la comercialización de productos de tabaco en el país.
El artículo 3 de esta norma indica que todos los establecimientos comerciales que se dediquen a la venta, distribución, manufactura o importación de productos de tabaco y sus derivados deberán contar con una licencia especial que los autorice a comercializar esta categoría de producto y que es adicional a cualquier otra licencia o permiso de operación. La licencia será expedida únicamente por el Ministerio de Salud, previa inspección del establecimiento donde se realiza la actividad comercial.




