Con el objetivo de extender los beneficios de la amnistía ya concedida que busca permitir que las personas naturales y jurídicas cuenten con más tiempo para cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias morosas al 29 de febrero de 2020, se emitió el Decreto Ejecutivo No. 512 del 23 de septiembre de 2020.
Con lo publicado en Gaceta Oficial, se modifica el Decreto 553 de 19 de noviembre de 2019, a su vez modificado y adicionado por el 257 de 3 de abril de 2020, que reglamenta la Ley 99 de 11 de octubre de 2019 referente a la amnistía tributaria general para el pago de tributos de competencia de la Dirección General de Ingresos.
La norma también establece la posibilidad de acogerse a un nuevo arreglo de pago abonando el 25% del impuesto nominal adeudado y que si dicho convenio de pago se realiza antes del 31 de diciembre de 2020 se condonará el 85% de la totalidad de los intereses, recargos y multas.
Adicionalmente, se extendió el plazo para cumplir con la totalidad de la deuda, producto de los convenios de pago que celebren los contribuyentes con la Administración Tributaria.