El presidente de la República, José Raúl Mulino, sancionó, este martes, la Ley 481 que modifica artículos del régimen de intereses preferenciales para préstamos hipotecarios.
La norma, que entrará en vigencia el próximo mes de enero, busca extender el alcance del subsidio estatal, importante elemento para impulsar el sector inmobiliario y el desarrollo económico.
En torno a este asunto, el ministro de Vivienda y Ordenamiento Territorial, Jaime Jované, destacó que estas modificaciones abarcan el subsidio para viviendas de 80 mil a 120 mil dólares, con una vigencia de 7 años y su tasa máxima al 4 por ciento. “Tienen mayor cobertura en el subsidio y en el tiempo, aumentándole los años de cobertura y el subsidio de estas hipotecas”, aseguró Jované.
A partir de la entrada en vigor, el subsidio estatal se otorgará de conformidad con los tramos preferenciales, dependiendo del precio de compra de la vivienda y su ubicación, para lo cual se considerará la Región 1, las viviendas ubicadas en las provincias de Panamá y Panamá Oeste, y la Región 2, las viviendas ubicadas en la provincia de Colón y el resto del país, con una tasa subsidiada máxima de 4 %, por un plazo de siete años no renovable.
La Ley 481, de 9 de septiembre de 2025, modifica artículos de la Ley 468 de 2025, que subroga la Ley 3 de 1985, que establece un régimen de intereses preferenciales en ciertos préstamos hipotecarios.





