El Tribunal Electoral (TE) decomisó ayer propagandas de vallas del Movimiento Independiente (Movin) de la Campaña “Pela el ojo Panamá” en la cual fueron ubicadas en diversos puntos de la ciudad, estas vallas tienen el rostro de diputados de diversas bancadas legislativas y sin su debida autorización.

Esta remoción de vallas; según el Tribunal Electoral; es por violar la disposiciones del numeral 1 del artículo 231 del Código Electoral y el numeral 1 del artículo 4 del Decreto 31 de 2017, en donde señala “que está prohibido que las personas naturales o jurídicas, sea a título propio o por cuenta de terceros, contraten o donen propaganda electoral a favor o en contra de partidos o candidatos; queda exceptuados de esta prohibición, tanto los partidos como los candidatos, dentro de los periodos de campañas».

Además, las vallas son violatorias del artículo 235 del Código Electoral y que se refiere a las prohibiciones a las que queda sujeta la propaganda electoral, incluyendo el uso no autorizado de la imagen personal, según establece el artículo 577 del Código de la Familia.

Las sanciones a quienes incurran en este delito es de: al medio, una multa diaria de diez veces el valor comercial de la propaganda; al tercero responsable de la propaganda, una multa de cincuenta a mil balboas.

El Magistrado del Tribunal Electoral, Alfredo Junca, se pronunció en las redes sociales “El que viole la Ley Electoral será sancionado como lo manda la Ley”, puntualizó Junca, citando la firma del Pacto Ético Digital.

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