La Dirección General de Ingresos (DGI) informa que conceden a los contribuyentes un periodo de moratoria para el pago que recae sobre los recargos e intereses causados al impuesto de inmuebles y sobre los intereses de las obligaciones de las cuotas del Seguro Social, por los trabajadores que reciben salarios y honorarios.

Está en Gaceta Oficial número 28739 del 25 de marzo de 2019, la Ley 79 del 20 de marzo de 2019.

En esta Ley se establece, además, el derecho a los contribuyentes a realizar un arreglo de pago, hasta un máximo de dos años, para las obligaciones producto de las actualizaciones del impuesto de inmuebles, recargos e intereses. Igual efecto jurídico se concederá para los intereses causados de las obligaciones de las cuotas del Seguro Social, que deben pagar las personas naturales independientes y por los trabajadores que reciben salarios y honorarios.

Para la aplicación de esta moratoria, la DGI publicará una Resolución, estableciendo el procedimiento a seguir por los contribuyentes, para acogerse a la misma y al arreglo del pago. Esta Ley 79 del 2019 tendrá un efecto retroactivo hasta el 1 de enero de 2019.

La DGI exhorta a los contribuyentes a actualizar sus datos en el sistema informático tributario e-Tax 2.0 y obtener su número de identificación tributaria (NIT), que le permitirá acceder a su cuenta, acogerse a la moratoria y hacer los trámites de pago de impuestos en línea.