El documento de siete artículos tiene como objeto garantizar a los compradores de bienes inmuebles sobre las futuras reclamaciones de daños estructurales a la propiedad, vicios ocultos y cualquier otro daño que no involucre el mal uso del bien inmueble. Igualmente, se extiende el plazo de garantía que deben otorgar las promotoras una vez entregada la propiedad.
Estos promotores de viviendas residenciales deberán abrir un fideicomiso de administración en una fiduciaria con licencia en Panamá, que abrirá una cuenta en un banco de la localidad.
En uno de sus artículos, señala que se extiende la garantía sobre la propiedad por un periodo mínimo de tres años, que debe estar constituida mediante un fideicomiso de administración, con el fin de garantizar los reclamos de daños estructurales a la propiedad, vicios ocultos y cualquier otro daño que no involucre el mal uso del bien inmueble durante el periodo de garantía otorgado.
Se deberá incluir dentro del contrato del fideicomiso una cláusula que indique las instrucciones para devolver a los compradores los abonos realizados solo en el caso de que el proyecto no se realice, se suspenda una vez iniciado o por resolución del contrato de compra y venta.
Una iniciativa ciudadana que otorga garantías a los compradores de viviendas nuevas y que nace de una iniciativa ciudadana se encuentra en la Comisión de Comercio y Asuntos Económicos para su análisis y discusión.




