Con el objetivo de mantener la estabilidad del sector cafetalero, el Consejo de Gabinete aprobó el Decreto N.° 3-26, que extiende por seis meses la vigencia del Decreto de Gabinete N.° 5 del 30 de marzo de 2021, relacionado con la comercialización del café tostado.

La decisión responde a la necesidad de garantizar relaciones comerciales internacionales bajo condiciones de certeza y previsibilidad, así como de proteger los intereses del Estado y promover un flujo comercial equilibrado.

Antes de su aprobación, la medida fue analizada el 5 de marzo de 2026 durante una reunión de la Cadena Agroalimentaria de Café, en la que participaron productores, representantes de la industria procesadora y autoridades del sector público. En este encuentro se recomendó al Órgano Ejecutivo prorrogar la normativa vigente.

La iniciativa fue presentada al Gabinete luego de que el Ministerio de Desarrollo Agropecuario solicitara a la Comisión Interinstitucional de Defensa de la Producción Nacional evaluar la extensión del decreto, tomando en cuenta que su vigencia había expirado el 6 de abril de 2026.

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Con esta prórroga, las autoridades buscan dar continuidad a las medidas que regulan el mercado del café tostado, en beneficio de los productores nacionales y del equilibrio comercial del país.

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